La propaganda y los medios de prensa


El 2014 arrancó con algunos voceros del Órgano Electoral Plurinacional  que informaron a la ciudadanía -y advirtieron a los políticos- sobre las reglas del juego en este año que será predominantemente electoral.  La normativa, en lo que se refiere a la comunicación, difiere notoriamente de la anterior: autoriza las campañas en actos públicos tres meses antes de las elecciones y a través de medios de comunicación 30 días, debiendo ésta suspenderse, en ambos casos, con 72 horas de anticipación a los comicios. La anterior ley establecía, para ambos casos, un periodo de campaña de tres meses.  Quizá en esta ley  -aunque es preferible pensar en otra que trate el tema con especificidad-  se deba mejorar la equidad y fijar límites al uso de los recursos que el Estado destina a la comunicación y propaganda, especialmente  ahora que la reelección presidencial está permitida.  En un año electoral, informar  sobre la gestión gubernamental promocionando a funcionarios públicos con recursos del Estado bien puede confundirse con propaganda electoral.


No es desconocido que en nuestro país los dineros que el Estado invierte en comunicación están destinados, en una buena parte, a premiar o castigar a medios de comunicación en función a sus líneas informativas. Hecho que, para los medios castigados, como éste, es gravitante, pues el Estado es  el principal anunciante. 

Los mexicanos han descubierto la forma de terminar con esta discrecionalidad y han aprobado, hace un par de años, una ley para regular la asignación de publicidad oficial. Esta norma, democrática y equitativa por donde se la vea, crea un consejo consultivo para la evaluación y seguimiento de la comunicación gubernamental. De esta manera se regula y distingue más nítidamente lo que es información de la gestión de lo que constituye la propaganda electoral.

La norma mexicana va más allá. Crea un padrón nacional de medios y, además, impone una serie de limitaciones a la promoción de los logros de funcionarios públicos o instituciones públicas que incluyan nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen el impulso a la personalidad de cualquier servidor público. Es decir, prohíbe que con dineros del Estado se promocione a un funcionario público. Lo mismo hace con los contenidos destinados  a injuriar o calumniar a cualquier persona o sector.

Son aspectos que, más temprano que tarde,  tendrá el país que discutir, tratar y sancionar. Porque la democracia, como todo, no es un hecho acabado sino un proceso que debe evolucionar y perfeccionarse permanentemente. La palabra la tienen los legisladores.

Fuente: Editorial Página Siete

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